Según la RTF 01646-8-2017,conforme con la Clasificación Internacional Uniforme (CIIU) Revisión 3, las actividades de producción cinematográfica de anuncios publicitarios para su difusión en televisión y cine están comprendidos en la CIIU 9211 “Producción y distribución de filmes y videocintas” y excluidos de la CIIU 7430 “Publicidad”. En este sentido, el Tribunal Fiscal concluyó que no les resultaba aplicable el porcentaje de 12% del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT) a los que se encuentran sujetos los servicios de publicidad, sino más bien el de 9% a los que se encuentran sujetos los demás servicios gravados con el IGV, como lo hizo la recurrente.