La diferencia de inventarios es un hecho que permite a la Sunat determinar la obligación tributaria sobre base presunta

Según la RTF 02373-3-2017, las diferencias de inventario resultantes de las verificaciones efectuadas en los libros y registros contables del contribuyente y su documentación respectiva configuran la causal prevista en el numeral 2 del artículo 64 del Código Tributario. Este supuesto se explica porque los libros y registros contables deben reflejar fielmente las operaciones de la empresa y brindar información fehaciente y confiable; por eso, cuando se determina una diferencia de inventarios, partiendo de la propia documentación contable del deudor, la información que contienen los libros y registros pierde credibilidad y, por lo tanto, la determinación de la obligación tributaria que se haya efectuado con base a ellos resulta dudosa.

 

 

RTF _ 2017_3_02373