Según el Inf. 94-2017-Sunat/340000i en el plazo de 30 días de efectuado el levante de la mercancía la administración aduanera recepciona la resolución de desaprobación de la donación, no se estaría cumpliendo con uno de los requisitos necesarios para su trámite como una donación regulada por la Ley N° 28905. En consecuencia, según la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tribu.